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MIFID II

En virtud del cumplimiento en lo establecido en el artículo 7 del Reglamento Delegado (UE) 2017/584 de la Comisión de 14 de julio de 2016, por el que se completa la Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a las normas técnicas de regulación que especifican los requisitos organizativos de los centros de negociación, BME Renta Variable le requiere como Miembro del Mercado a cumplimentar el siguiente cuestionario.

Por favor, envíenlo a la dirección de correo electrónico: supervisionrv@grupobme.es.

Cuestionario